Se denominan flete al
traslado o transporte de bienes desde el puerto de origen hasta el puerto de
destino, o desde una bodega localizada en un país determinado hasta otra
situada en un país distinto, cruzando las fronteras de dos o más países, por
cualquier medio de transporte, por cuyo servicio se cobra un valor (llamado
"flete"), que se expresa en el conocimiento de embarque, guía aérea o
terrestre o carta de porte. Los fletes constituyen, dentro de la contabilidad
nacional, parte de los servicios internacionales de mayor frecuencia relativa
en la balanza de pagos.
La tarifa del flete se basa
en le peso (tonelada) o en el volumen (cúbico). El armador cobra lo que sea más
conveniente para obtener ingresos. Es determinada para cobrar fletes por
mercadería. Cuando no está identificada, será cobrada como Tarifa General, que
es más elevada. Para evitar mayores costos, se debe combinar previamente el
flete con la agencia marítima del armador o con la Conferencia de Fletes.
En cuanto a los costos
portuarios, los países siguen modelos tarifarios propios, algunos agregando tasas
no correspondientes a la prestación de servicio como, por ejemplo,
concernientes a la utilización de faroles en los buques, otros valiéndose del
cobro por la utilización de los puertos calculando la tonelada bruta o el porte
del buque.
Entre los gastos incidentes
en el movimiento de las cargas en los puertos, las exportaciones deben pagar
una tasa aduanera, cobrada por la utilización de las instalaciones portuarias y
la estiba, tasa debida a la organización de las cargas en el buque con la
utilización del equipamiento a bordo.
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